Aprobación Judicial de la Cuota para Bomberos: Todo lo que Necesitas Saber
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha respaldado la decisión de reservar un 40% de las plazas para mujeres en las oposiciones de Bombers de la Generalitat. Esta medida, impulsada por el Departamento de Interior con el objetivo de feminizar un cuerpo históricamente masculino, ha sido considerada legal y constitucional por los magistrados. El tribunal no ha encontrado evidencia de que esta reserva ponga en riesgo la seguridad del servicio.
La reciente sentencia se ha emitido en respuesta a un recurso presentado por tres particulares que impugnaron la convocatoria del 2023, la primera en incorporar esta cuota de género. Los demandantes incluían a un bombero voluntario con cuatro suspensos desde 2021 y a dos aspirantes que no lograron superar las pruebas en años anteriores. Solicitaron la anulación de la convocatoria o, al menos, la suspensión de la aplicación de la reserva, pero su petición fue desestimada.
La convocatoria en cuestión, que ofrecía 240 plazas de bombero, estableció por primera vez un 40% de ellas para mujeres, una proporción que el Departamento de Interior se ha comprometido a mantener, al menos, hasta 2030. La intención era corregir una situación de desigualdad estructural, ya que a principios de 2023 solo el 2,73% de los efectivos eran mujeres, un total de 72 de 2.640. La incorporación de las nuevas bomberas ha duplicado su número, marcando un hito en la historia del cuerpo.
El TSJC ha respaldado el argumento de la Generalitat sobre la representación femenina en Bombers, que consideran que no es un problema ocasional, sino «manifiesto y sistémico». Esto justifica la adopción de medidas de acción positiva, amparadas en el artículo 9.2 de la Constitución, que promueve la igualdad real, siempre dentro de los límites del artículo 14, que prohíbe la discriminación. El tribunal ha expuesto tres razones fundamentales para su decisión.
En primer lugar, la base legal. Los magistrados han destacado que la reserva no es una medida improvisada, sino que está contemplada en una norma legal que permite establecer cuotas dentro de un marco definido. En este caso, se ha optado por la máxima proporción permitida.
El segundo argumento se refiere a la temporalidad de la medida. El tribunal ha señalado que tales acciones no pueden ser indefinidas; son justificadas mientras exista la desigualdad que buscan corregir. Con menos del 3% de mujeres en el cuerpo, la desigualdad es evidente y objetiva en el momento de aprobar la convocatoria.
Finalmente, en cuanto a la proporcionalidad, la sentencia aclara que la reserva no actúa como un «atajo» ni garantiza plazas automáticamente. Las aspirantes deben superar las mismas pruebas y demostrar los mismos méritos que sus colegas masculinos. La diferencia radica en la implementación de un mecanismo técnico que busca equilibrar la competencia entre el turno reservado y el general, sin que existan dos sistemas de selección paralelos.
El debate más candente del recurso se centra en las pruebas físicas, particularmente en dos ejercicios: la course navette y el arrastre de maniquí. Los demandantes argumentaban que los estándares para las mujeres se habían reducido en comparación con convocatorias anteriores, sugiriendo que el diseño de las pruebas favorecía más a las mujeres.
La course navette es una prueba de resistencia aeróbica ampliamente utilizada para evaluar la capacidad cardiorrespiratoria en contextos de selección, como oposiciones policiales o militares. Consiste en correr entre dos líneas separadas por 20 metros, siguiendo un ritmo que se incrementa progresivamente.
En el caso de las oposiciones de 2025, las bases establecen que en la prueba de agilidad, las mujeres deben superar obstáculos de 80 centímetros, mientras que los hombres deben hacerlo con obstáculos de 90 centímetros, y tienen más tiempo para alcanzar la puntuación máxima. También se han ajustado otros requisitos, como el peso en el press de banca y los tiempos en la carrera acuática o en el arrastre del maniquí.
El tribunal ha considerado que, durante el proceso judicial, se presentaron estudios científicos que respaldan las diferencias fisiológicas promedio entre hombres y mujeres en términos de fuerza. Así, la sentencia justifica la existencia de baremos diferenciados como una forma de garantizar la igualdad real en las pruebas físicas, algo que no es novedoso, ya que desde 1994 se utilizan ejercicios similares para ambos sexos pero con marcas distintas.
En conclusión, no se ha encontrado evidencia que sugiera que las exigencias físicas impuestas a las aspirantes en la convocatoria 81/23 sean incompatibles con el desempeño de sus funciones como bomberos. El tribunal ha dejado claro que no considera que la seguridad del cuerpo esté en riesgo, a pesar de las alegaciones de algunos bomberos hombres que se oponen a la reserva femenina. Además, se ha señalado la posible existencia de «intereses» personales de los recurrents vinculados a su deseo de acceder al cuerpo, contextualizando el conflicto más allá del ámbito jurídico.
La reserva del 40% fue introducida en 2022 bajo la dirección del entonces conseller Joan Ignasi Elena, quien advirtió que, sin políticas activas de equidad, no se lograría la paridad en los cuerpos de emergencia hasta el año 2144.


