Vic: El primer ayuntamiento condenado por exigir un nivel «excesivo» de catalán a sus empleados
En abril de este año, el Ayuntamiento lanzó una convocatoria para cubrir una plaza de operario de cementerio y mantenimiento, estableciendo como requisito mínimo poseer un nivel B2 de catalán, equivalente al que se obtiene al finalizar la educación secundaria obligatoria. Además, los aspirantes debían superar pruebas orales y escritas en este idioma.
La entidad Convivència Cívica Catalana presentó un recurso judicial argumentando que esta exigencia era desproporcionada y constitutiva de discriminación. El juez resolvió a favor de la entidad, anulando las bases del concurso. En su fallo, el magistrado consideró que el puesto de operario de cementerio es fundamentalmente manual y no requiere habilidades complejas de interacción lingüística. Por ello, la exigencia del nivel B2 se consideró excesiva, creando una barrera que excluía a candidatos capacitados que no poseían ese dominio del idioma.
Como resultado, la sentencia establece que el requisito lingüístico para esta plaza se reduce al nivel A2, es decir, el nivel básico mínimo. Asimismo, el Ayuntamiento deberá asumir el pago de 1.000 euros en costes judiciales.
Los fundamentos del juez se sustentan en un principio establecido en la legislación catalana: las administraciones pueden exigir conocimiento del catalán para puestos públicos, siempre que el nivel requerido se ajuste a las funciones específicas del cargo. No se cuestiona la legitimidad de requerir el uso del catalán, sino la proporcionalidad de exigir un nivel B2 en este contexto. Según el juez, no hay justificación suficiente para que un operario de cementerio necesite competencias lingüísticas avanzadas.
Además, la aplicación de este requisito ha sido indiscriminada, sin diferenciar entre tareas que requieren interacción con el público y aquellas que son puramente operativas. Este enfoque se alinea con precedentes legales que establecen que no basta con fijar un nivel elevado de idioma si no hay una conexión clara con las funciones del puesto.
El Ayuntamiento de Vic, gobernado por Junts, ha criticado la sentencia, considerándola parte de una ofensiva judicial contra el uso del catalán. El alcalde, Albert Castells, ha afirmado que no se dejarán «intimidar» y ha defendido que los empleados públicos deben poder comunicarse en catalán para garantizar los derechos lingüísticos de la ciudadanía. Por otro lado, el regidor de la oposición, Josep Anglada, ha manifestado su apoyo a la lengua catalana como símbolo de identidad, pero no interpreta la resolución judicial como un ataque al idioma. Opina que para el puesto de operario de cementerio, el nivel A2 es suficiente.
Estas tensiones no son nuevas en Cataluña; varios municipios, como Sant Andreu de Llavaneres o Roses, han enfrentado críticas por exigir niveles de catalán que posteriormente fueron revisados. Sin embargo, hasta ahora, ninguno había sido condenado por estas prácticas.
Ángel Escolano, abogado de Convivència Cívica, ha celebrado que la sentencia reafirme que el nivel de idioma exigido por las administraciones debe ser razonable y proporcional a las funciones del puesto.
Este caso marca un precedente significativo, ya que Vic se convierte en el primer Ayuntamiento en Cataluña condenado por exigir un nivel de catalán considerado desproporcionado para un puesto que no lo justifica. Las implicaciones de esta sentencia son numerosas:
En primer lugar, se establece la necesidad de un control de proporcionalidad en los requisitos lingüísticos, asegurando que no se impongan condiciones injustificadas. Además, podría incentivar a otros candidatos y organizaciones a presentar recursos similares en otros municipios que hayan establecido exigencias elevadas. Por último, los Ayuntamientos deberán revisar sus convocatorias para evitar que los requisitos lingüísticos se utilicen como una barrera injustificada.
Es evidente que esta sentencia generará tensiones políticas y simbólicas en los municipios catalanes dirigidos por fuerzas independentistas. Para algunos, representa una limitación a las políticas lingüísticas municipales; para otros, un control necesario frente a posibles abusos administrativos.


